Cantidad de sesiones mensuales y anuales
Menores hasta 15 años inclusive:
Hasta 60 sesiones anuales y hasta 8 sesiones mensuales
(Si además realiza sesiones de psicología, ambas se suman para el cómputo bajo el límite establecido).
Mayores de 15 años: sólo con certificado de discapacidad y previo autorización de Auditoría Médica.
Hasta 30 sesiones anuales y hasta 4 sesiones mensuales.
Se autorizan mensualmente por ventanilla una vez terminadas todas las sesiones del mes. Las planillas deben estar completas en TODOS los campos (sin excepciones). De lo contrario no se autorizarán.
Deberá elegirse uno de los profesionales que figuran en los listados de D.O.S.E.M. sin excepciones. No se realizarán reintegros de consultas con profesionales que no trabajen por la Obra Social.
Si es la primera vez, se requiere previamente traer la derivación del médico clínico (por única vez en el año).