La orden debe poseer – sin excepciones – :
- fecha
- datos del afiliado (legajo, apellido y nombre)
- diagnóstico
- firma y sello del médico especialista
- descripción de la práctica solicitada
La orden se vencerá pasados los 30 días de la fecha de solicitud de la práctica. No se autorizarán órdenes vencidas (deberán, previamente, solicitar al médico que la actualice).
La orden puede estar previamente codificada en el lugar donde se realizarán los análisis. Es muy importante traer las órdenes a autorizar con TIEMPO, dado que algunas podrán tener que dejarse para la evaluación del Médico Auditor.
Si alguna de las prácticas solicitadas ya fue realizada hace menos de 1 año, deberán presentarse también los resultados anteriores para auditoría, o Historia Clínica del especialista que justifique el pedido.
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